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Compraventa de bienes raíces

¿Qué tipo de procedimiento se sigue para comprar un bien raíz?

La compra de bienes raíces (terrenos urbanos o rústicos, edificaciones, etc.) en cualquier parte del país requiere el mismo proceso administrativo. Dependiendo del precio de venta del bien raíz, este paga o no un impuesto de transferencia.


¿Alguna condición especial para poder comprar un bien raíz en El Salvador?

El Artículo 105 de la Constitución de la República de El Salvador establece las siguientes condiciones para adquirir bienes raíces:

  1. Una persona natural o jurídica puede comprar hasta 245 hectáreas de tierra rústica (no aplica a cooperativas).
  2. Un extranjero puede comprar bienes raíces rústicos si su país de origen otorga iguales derechos a los salvadoreños, esta regla no aplica si los bienes son destinados a establecimientos industriales.
Compraventa de bienes raíces con valor inferior a US$28,571.43

Los bienes raíces con un precio de venta inferior a US$28,571.43 no pagan el Impuesto a la Transferencia de Bienes Raíces.

Compraventa de bienes raíces con valor superior a US$28,571.43

Los bienes raíces pagan un 3% sobre el excedente de US$28,571.93 en concepto de Impuesto a la Transferencia de Bienes Raíces.

Certificaciones extractadas y literales
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