¿Qué información y documentos debe suministrar?
1.
Testimonio de escritura de constitución (original + copia simple)
reducido a un 74% y centrada en papel oficio
2.
Solicitud de matrícula de empresa (original)
firmado por el representante legal y autenticado por notario, en caso que no sea presentado por él mismo
3.
Formulario de inscripción en el Ministerio de Trabajo (original + copia simple)
4.
Solicitud de asignación y autorización de correlativo para la emisión de documentos legales F-940 (original + copia simple)
5.
Aviso de inscripción de patrono (original)
6.
Registro de firmas (original)
7.
Croquis de ubicación (original)
del local, sucursal o agencia
8.
Comprobante de pago de inscripción de escritura (original)
9.
Comprobante de pago de matrícula (original)
10.
Comprobante de pago de local, sucursal o agencia (original)
11.
Comprobante de pago de NIT (original)
12.
Documento único de identidad (DUI) del representante legal (copia simple + 3 copias certificadas)
para salvadoreños o pasaporte (o carnet de residente) para los extranjeros
13.
Tarjeta NIT del representante legal (copia simple + una copia certificada por notario)
14.
Documento Único de Identidad (DUI) de la persona designada (copia simple)
de la persona designada para representar a la empresa ante el M° de Trabajo (persona salvadoreña y diferente del representante legal)
1.
Modelo de autorización de persona jurídica para realizar trámites de NIT y/o NRC (original)
firmada por el representante legal o apoderado y legalizada por notario
2.
Formulario de registro único de contribuyente F-210 (original + copia simple)
firmado por el representante legal o apoderado, el cual puede retirarse en "Entrega de Formularios" del Centro de servicios al contribuyente o descargarse en línea desde la página web del Ministerio de Hacienda o desde nuestro sitio (dándole clic a la imagen)
3.
Documento Único de Identidad (DUI) de la persona autorizada (copia simple + una copia certificada por notario)
para salvadoreños o pasaporte (o carnet de residente) para los extranjeros
El tiempo de respuesta depende de la presentación correcta y completa de la documentación y considera solamente días hábiles.
El seguimiento del trámite puede consultarse en línea, ingresando a
www.e.cnr.gob.sv, en el apartado
Comercio.gob» Consulta Trámite Comercio.
Espera en fila:
Min. 5mn
- Max. 40mn
Tiempo de atención:
Min. 10mn
- Max. 20mn
Hasta paso siguiente:
Max. 3 días
¿Qué normas justifican este trámite?
1.
Ley de Procedimientos Uniformes para la Presentación, Trámite y Registro o Depósito de Instrumentos en los Registros de la Propiedad Raíz e Hipotecas, Social de Inmuebles, de Comercio y de Propiedad Intelectual
Artículo 2
2.
Código de Comercio
Artículos 24, 25, 411, 412, 414, 415
3.
Ley del Registro de Comercio
Artículos 13, 86
4.
Reglamento de la Ley de Registro de Comercio
Artículo 10
5.
Código Tributario
Artículos 86, 87
6.
Reglamento de Aplicación del Código Tributario
Artículo 24
7.
Ley del Registro y Control Especial de Contribuyentes al Fisco
Artículo 1
8.
Reglamento para la Aplicación del Regímen de Seguro Social
Artículos 7, 8, 9
9.
Ley de Organización y Funciones del Sector Trabajo y Previsión Social
Artículos 55, 56
¿Quién certifica esta información?
Lic. José Mauricio SERMEÑO PÉREZ,
02/03/2017