1.
Solicitud de beneficios de la Ley de Zonas Francas Industriales y Comercialización (original + copia simple)
firmada por el interesado, con firma autenticada si no se presente personalmente.
2.
Balance general (una copia certificada por notario)
depositados en el Registro de Comercio, del último ejercicio fiscal auditado.
o
Balance inicial (una copia certificada por notario)
depositado en el Registro de Comercio, si la empresa no ha iniciado operaciones
3.
Estado de resultados (una copia certificada por notario)
del último ejercicio fiscal auditado
4.
Balance proyectado (original + copia simple)
5.
Estado de resultados proyectado (original)
a un año
6.
Descripción del proceso de operaciones (original)
el cual debe ser un detalle de las secuencias de las actividades a realizar por la empresa, con su respectivo diagrama de las operaciones y software en caso de disponer de éste
7.
Contrato de arrendamiento (una copia certificada por notario)
u original de carta conteniendo Términos de Referencia, si inmueble será arrendando
o
Título de propiedad (una copia certificada por notario)
de las instalaciones del inmueble donde se realizará la operación
8.
Plano arquitectónico de distribución (copia simple)
según su actividad, tales como: oficinas, servicios sanitarios, áreas comunes, zonas verdes, bodegas, etc.; con sus respectivas medidas
9.
Plano de ubicación dentro de la zona franca (copia simple)
10.
Resolución del registro de capital
(una copia certificada por notario)
Obtenido un trámite anterior, haga clic aquí para ir al trámite
1.
Testimonio de escritura de constitución de la sociedad inscrita en el Registro de Comercio (una copia certificada por notario)
2.
Escritura de modificación al pacto social (una copia certificada por notario)
si hubiere
3.
Matrícula de empresa y establecimiento (una copia certificada por notario)
vigente
4.
Credencial vigente del representante legal inscrito en el Registro de Comercio (una copia certificada por notario)
si la personería no está relacionada en la Escritura de constitución de sociedad
5.
Tarjeta NIT de la sociedad (una copia certificada por notario)
6.
Tarjeta NIT de los accionistas o socios (una copia certificada por notario)
7.
Tarjeta NIT del representante legal (una copia certificada por notario)
8.
Documento único de identidad (DUI) del representante legal (una copia certificada por notario)
para salvadoreños o pasaporte (o carné de residencia) para extranjeros
9.
Documento Único de Identidad (DUI) de los accionistas o socios (una copia certificada por notario)
para salvadoreños o pasaporte (o carné de residencia) para extranjeros
1.
Matrícula de empresa (una copia certificada por notario)
2.
Tarjeta NIT de la persona natural (una copia certificada por notario)
3.
Documento único de identidad (DUI) de la persona natural (una copia certificada por notario)
para salvadoreños o pasaporte (o carné de residencia) para extranjeros
1.
Poder (una copia certificada por notario)
o poder especial, inscritos en Registro de Comercio
2.
Tarjeta NIT de la persona natural (una copia certificada por notario)
3.
Documento Único de Identidad (DUI) del apoderado (una copia certificada por notario)
para salvadoreños o pasaporte (o carné de residencia) para extranjeros
48 o 72 horas después de haber presentado la solicitud, un técnico del Departamento de Incentivos Fiscales contactará al interesado por correo electrónico o por llamada telefónica, para concertar el día y hora para llevar acabo la visita técnica del lugar.
Espera en fila:
Min. 5mn
- Max. 10mn
Tiempo de atención:
Min. 5mn
- Max. 30mn
Hasta paso siguiente:
Min. 5 días
- Max. 10 días
¿Qué normas justifican este trámite?
1.
Ley de Servicios Internacionales
Artículos 3, 22, 24, 56, 57, 58,
2.
Reglamento de la ley de servicios internacionales
Artículos 3, 23, 24, 25
Es bueno saber...
Luego de presentar su solicitud, el departamento de Incentivos fiscales verificará con la Dirección General de Aduanas y Dirección General de Impuestos Internos que el interesado (y accionistas en el caso de sociedades) se encuentre solvente en el cumplimiento de sus obligaciones con el Ministerio de Hacienda.
¿Quién certifica esta información?
Lic. Roberto SALGUERO,
18/04/2016