¿Qué información y documentos debe suministrar?
Requisitos generales para toda persona extranjera
1.
Solicitud de autorización para trabajar ante el MTPS (original)
suscrito por el empleado. Debe contener firmas autenticadas. Si la solicitud es presentada por medio de representante legal o apoderado, deberá legitimar la personería con que actúa, presentando para tal efecto copia certificada por notario de la acreditación respectiva.
2.
Pasaporte vigente de la persona extranjera (original + copia simple)
3.
Tarjeta NIT de la persona extranjera (copia simple)
4.
Constancia de prorróga de contrato individual de trabajo (original)
se indicará las clausulas principales del documento del contrato, en caso de haber modificaciones en él se deberá notificar por escrito al MTPS. Suscrito por el patrono.
De la empresa solicitante (persona natural)
1.
Constancia de matrícula de empresa (copia simple)
2.
Tarjeta NIT del comerciante individual (copia simple)
3.
Documento Único de Identidad (DUI) del comerciante individual (copia simple)
para salvadoreños; para extranjeros pasaporte y carné de residente.
4.
Planilla de salarios
(copia simple)
del último mes. En caso que la empresa tenga más de 50 empleados podrá presentar un extracto de la planilla de salarios de los trabajadores, firmado y sellado por el empleador.
5.
Planilla de Cotizaciones del ISSS
(copia simple)
del último mes, adjuntar comprobante de pago. En caso que la empresa tenga más de 50 empleados podrá presentar un extracto de la planilla de las cotizaciones de los trabajadores, firmado y sellado por el empleador.
6.
Planilla previsional
(copia simple)
del último mes, adjuntar comprobante de pago. En caso que la empresa tenga más de 50 empleados podrá presentar un extracto de la planilla previsional de los trabajadores, firmado y sellado por el empleador.
1.
Poder especial para comparecer ante la DGME y MTPS (original)
2.
Documento único de identidad (DUI) del apoderado (copia simple)
para salvadoreños; para extranjeros pasaporte y carné de residente.
Espera en fila:
Min. 10mn
- Max. 20mn
Tiempo de atención:
Min. 15mn
- Max. 30mn
¿Qué normas justifican este trámite?
1.
Constitución de la República
Artículos 96, 97
2.
Código de trabajo
Artículos 2, 3, 5, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 17, 23, 138, 402
3.
Ley de Migración
Artículos 32, 34
Es bueno saber...
En caso de falta o inconsistencia de algún requisito el Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MTPS) otorga un plazo de 24 horas para solventarlo.
¿Quién certifica esta información?
Dra. Marta GRANADOS,
24/05/2017