Requisitos generales para todo solicitante
1.
Acta Notarial de Declaración Jurada de proyecto de interés turístico nacional (original + 3 copias)
otorgada por el propietario, representante legal o apoderado, en acta notarial.
2.
Inscripción en el Registro Nacional de Turismo (original + 3 copias)
3.
Estudio de factibilidad
(original + 3 copias)
para mayor información dar click aquí.
4.
Matrícula de empresa y establecimiento (original + 3 copias)
vigente.
5.
Balance inicial (original + 3 copias)
depositado en el Registro de Comercio. Este requisito aplica solamente en el caso que la empresa no haya iniciado operaciones.
o
Balance general (original + 3 copias)
depositado en el Registro de Comercio, correspondiente al año precedente a la solicitud.
6.
Estado de resultados (original + 3 copias)
depositado en el Registro de Comercio, correspondiente al año precedente a la solicitud.
7.
Constancia de solvencia o autorización de los impuestos internos (original + 3 copias)
del titular del proyecto.
1.
Solicitud para calificación de Proyecto de interés Turistico Nacional (original + 3 copias)
firmado por el propietario o el representante legal, en caso de no ser presentada por él será requerida firma autenticada.
2.
Testimonio de escritura de constitución de la sociedad inscrita en el Registro de Comercio (original + 3 copias)
3.
Estado de cambios en el patrimonio (original + 3 copias)
depositado en el Registro de Comercio, correspondiente al año precedente a la solicitud.
4.
Credencial del representante legal (original + 3 copias)
5.
Tarjeta NIT de la sociedad (original + 3 copias)
6.
Tarjeta NRC de la sociedad (original + 3 copias)
7.
Tarjeta NIT del representante legal (original + 3 copias)
8.
Documento único de identidad (DUI) del representante legal (original + 3 copias)
1.
Solicitud para calificación de Proyecto de interés Turistico Nacional (original + 3 copias)
firmado por el propietario, en caso de no ser presentada por él será requerida firma autenticada.
2.
Tarjeta NRC del comerciante individual (original + 3 copias)
3.
Tarjeta NIT del comerciante individual (original + 3 copias)
4.
Documento Único de Identidad (DUI) del comerciante individual (original + 3 copias)
Si el proyecto es de servicios turísticos
1.
Constancia de no necesidad de permiso ambiental (original + 3 copias)
Si el proyecto es de construcción de infraestructura turística
1.
Planos del proyecto aprobados y completos (original + 3 copias)
con especificaciones y detalles técnicos.
2.
Resolución de permiso ambiental del ministerio de medio ambiente y recursos naturales (original + 3 copias)
emitido por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en caso de requerirlo.
3.
Licencia para funcionamiento por parte de la Alcaldía Municipal (original + 3 copias)
o
Constancia de registro en Alcaldía Municipal (original + 3 copias)
4.
Nota o constancia de no requerimiento de Permiso de Construcción emitido por la autoridad competente (original + 3 copias)
emitido, según corresponda, por: el Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano, Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador (OPAMSS), Oficina de Planificación y Gestión del Territorio de la Región (OPLAGEST), entre otros.
5.
Permiso de Construcción emitido por la autoridad competente (original + 3 copias)
emitido, según corresponda, por: el Viceministerio de Vivienda y Desarrollo Urbano, Oficina de Planificación del Área Metropolitana de San Salvador (OPAMSS), Oficina de Planificación y Gestión del Territorio de la Región (OPLAGEST), entre otros.
6.
Factibilidades aprobadas de agua potable, aguas negras y lluvias (original + 3 copias)
o
Factura por servicios de ANDA (original + 3 copias)
7.
Certificado de factibilidad de suministro de energía eléctrica (original + 3 copias)
o
Factura por servicio de energía eléctrica DELSUR (original + 3 copias)
1.
Poder general judicial y administrativo (original)
2.
Tarjeta NIT del apoderado (original)
3.
Documento Único de Identidad (DUI) del apoderado (original + 3 copias)
Espera en fila:
Min. 5mn
- Max. 10mn
Tiempo de atención:
Min. 15mn
- Max. 40mn
Hasta paso siguiente:
Min. 60 días
- Max. 180 días
¿Qué normas justifican este trámite?
1.
Ley de Turismo
Artículos 2-E, 22, 36, 37
2.
Reglamento General de la Ley de Turismo
Artículos 57, 58, 63
Es bueno saber...
Que el Ministerio de Turismo por ley debe solicitar opinión favorable de las siguientes instituciones: Ministerio de Hacienda, la Secretaria de Cultura de la Presidencia de la República y el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales; dependiendo del plazo de dichas opiniones, el Ministerio de Turismo resuelve para otorgar la calificación. Las copias de las opiniones favorables de las instituciones involucradas son enviadas al interesado por el Ministerio de Turismo, vía correo electrónico.
¿Quién certifica esta información?
Jorge Alberto FIGUEROA,
12/07/2017